Consigue la aplicación de ATES pinchando AQUI
sábado, 26 de abril de 2014
jueves, 24 de abril de 2014
LOS HEROES OLVIDADOS .
20 PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE BAJAS MEDICAS
viernes, 11 de abril de 2014
NUEVA APLICACION DE ATES
En ATES tenemos un compromiso contigo. Un compromiso para mantenerte puntualmente informado. Para que no pierdas detalle de todo lo que sucede en seguridad.
Para que tengas una comunicacion directa con nosotros.
Por eso desde el equipo de ATES hemos creado esta APLICACION para dispositivos moviles con toda la ilusion para ser de ayuda. Para agilizar tus tramites y para transmitirte todas y cada una de las noticias que publiquemos.
No esperes mas y descargate nuestra aplicacion y compartela con tus conocidos. Ayudanos a que este proyecto sea rentable para el unico fin por el que se crea, para vosotros.
Para descargar la aplicacion
Pincha AQUI
sábado, 5 de abril de 2014
Facebook sección ATES.
Explicación acuerdo del SIMA de febrero de 2014.
ASI QUEDAN LAS COSAS DESPUES DE LA GUARRADA DE UGT Y USO
EXPLICACIÓN DEL ACUERDO DEL SIMA DE FEBRERO DE 2014. ASÍ QUEDAN LAS NÓMINAS DURANTE 2014.
Sueldo antes del acuerdo del SIMA de febrero de 2014:
Paga diciembre 1086,11€
Paga marzo: 1086,11€
Paga julio: 1086,11€
Prorrata: 271,52 €. Esta cantidad es la que se cobra mes a mes.
Esta es la cantidad que se cobraba antes del acuerdo del. SIMA. ( enero y febrero)
Después del acuerdo del SIMA FIRMADO EN FEBRERO 2014.
Plus transporte 106,50€
Plus vestuario 63,55€
Se eliminan de las pagas por lo que quedaría así:
Paga enero : 916,16€
Paga marzo : 916,16€
Paga diciembre: 916,16€
Prorrata: 229,04€. Esta cantidad es la que se cobrará mes a mes durante todo el 2014.
Diferencia en pagas 170,05€ en cada paga.
En la prorrata la diferencia es: 42,48€ Todos los meses.
ESTE ACUERDO ES VÁLIDO SÓLO DURANTE 2014 TODO EL AÑO.
POR SI PENSABAIS QUE NOS HABIAMOS OLVIDADO
Señores Ug-tistas ,Sr USO-reros pensaban ustedes que nos olvidamos de la mierda que nos firmaron con vuestro "ACUERDO" SIMA.
DESDE AQUI Y COMO TRABAJADOR DE SEGURIDAD PRIVADA ,me veo en la obligacion de llamarles a todos Ustedes !!!SINVERGUENZAS !!!! Aunque esto les entrara por un oido y les saldra por el otro.(Buenos cojones les importa)
No son ustedes conscientes de la destruccion que estan provocando en este sector. Que una empresa no puede asumir los gastos porque haya incremento salarial por derecho (BUENOS COJONES ME IMPORTA). Pero ya es mas curioso que todos aquellos que no pueden asumir la subida salarial por derecho se rian de todos nosotros siempre como no al volante de sus flamantes deportivos o coches de alta gama.
Curioso? Ustedes saben perfectamente de lo que hablo. Los tiempos de vacas gordas pasaron y eso de ganar el 200% tambien. Pero bien seguros estamos de que aun en vacas flacas tienen para asumir esos lujos de obstentacion pues tambien para aquellos que son el motor de las empresas.
Yo de principio a fin podre llevar la cabeza muy alta por defender los intereses de los mios. Pueden decir ustedes lo mismo? No!!!! A ustedes les falta esa dignidad aunque despues nos llamen compañeros. Ojala sus hijos y los hijos de vuestros hijos pasen tanta necesidad como mis hijos y los hijos de los mios.
VERGUENZA OS TENIA QUE DAR!!!! AUNQUE PARA ESO TENDRIAIS QUE CONOCERLA!!!!
viernes, 4 de abril de 2014
ESTE ES EL ACUERDO DESPUES DE ENCERRARNOS EN LAS INSTALACIONES DE SIC
Despues de el encierro mantenido en las Instalaciones de Seguridad Integral Canaria,se obtiene el siguiente acuerdo que os mandamos a pie de esta pagina.
EL COMITE DE EMPRESA DE SEGURIDAD INTEGRAL CANARIA ENCERRADOS EN DEFENSA DE LOS INTERESES DE LOS TRABAJADORES/AS
Ahora mismo se encuentra encerrado todo el comite de empresa en las instalaciones de SEGURIDAD INTEGRAL CANARIA.
Viendo las ultimas acciones que esta empresa toma hacia todos los trabajadores. Trabajadores que han sufrido descuentos en nomina de hasta un 80% en algunos casos. Viendo esto el comite se a reunido y posteriormente encerrado en estas instalaciones a la espera de las soluciones por parte de la empresa. Queremos haceros llegar que no estais solos y que este comite esta dispuesto a llegar hasta las ultimas consecuencias. Objetivo la defensa de todos aquellos que habeis visto mermado vuesteo sueldo en mayor o menor medida.
Estamos a la espera de soluciones ,ya no nos valen las palabras ni las mofas a todas aquellas familias que ya sufren un sueldo precario como para que encima se les descuente mas dinero de las nominas.
SEGUIREMOS INFORMANDO.....
jueves, 3 de abril de 2014
Como Saber si tengo que hacer DECLARACION DE LA RENTA ?
Una de las dudas más habituales cuando pensamos en si somos uno de esos contribuyentes que están obligados a presentar la Declaración de la Renta, es saber si realmente hemos percibido rentas por parte de más de un pagador y en qué cuantía.
Y es que el famoso límite de 22.000 euros no aplica en el caso de que haya más de un pagador. El límite es sensiblemente inferior y, en casi todos los casos, nace la obligación de presentar la Declaración de la Renta. Si esto ocurre, lo realmente determinante es saber cuánto se percibirá por cada uno de esos pagadores y si realmente se puede considerar dos pagadores a efectos fiscales.
A modo de resumen, aquellas personas físicas que perciban rentas por parte de más de un pagador, estarán obligados a presentar la Declaración de la Renta cuando la suma de los rendimientos del segundo y restantes pagadores sea superior a 1.500 euros y hayan percibido en su conjunto más de 11.200 euros brutos anuales.
Pero ¿cuándo existe un segundo pagador a efectos fiscales? En general, se considera que se han recibido rentas por parte de dos pagadores diferentes cuando estos ingresos estén siendo recibidos por parte de empresas con distinto número de identificación fiscal.
Parece algo tan trivial que casi no merecía la pena ni haber dedicado un artículo a ello, pero en realidad no lo es tanto. Por ejemplo, ¿qué sucede cuando hemos percibido prestación por desempleo? El dinero del paro tiene la consideración de segundo pagador del IRPF a efectos fiscales pero con un añadido: el Servicio Público de Empleo Estatal apenas practica retenciones de IRPF sobre las cantidades que se entregan y esto seguramente hará que, al presentar la Declaración de la Renta, nos toque pagar.
QUE PASA SI HEMOS TENIDO UNA SUBROGACION? HEMOS CAMBIADO DE EMPRESA Y HEMOS TENIDO DOS PAGADORES EN EL MISMO EJERCICIO?
Algo muy habitual en el mercado laboral español es la subrogación empresarial, que consiste en mantener a un empleado con las mismas condiciones, pero con un cambio de empresa a efectos fiscales. Lo más común es que una empresa absorba a otra, manteniendo las mismas condiciones de los empleados de la absorbida.
En este caso, siempre y cuando se respete la antigüedad, tipo de contrato y no se varíen las retenciones aplicadas, no se considerará que la nueva empresa es un segundo pagador. O, al menos, esto es lo que se desprende de la respuesta que ha dado la Agencia Tributaria a diversas preguntas vinculantes en su página web, como la consulta V0049-08.