martes, 2 de junio de 2015

¿Cuando mi contrato fin de obra pasa a ser indefinido?

¿Cuando mi contrato fin de obra pasa a ser indefinido?

¿Cuando mi contrato fin de obra pasa a ser indefinido?

Da lo mismo los “trucos” que hayan hecho y los papeles que hayas firmado. Da la mismo que te hayan cambiado de empresa varias veces, que te hayan mandado unos días al paro entre contratos, que te hayan hecho contratos con categorías distintas, que te hayan obligado a hacerte autónomo durante un tiempo, que te cojan un tiempo por ETT y otro por la empresa… Los papeles se tienen que ajustar a la realidad, no al revés. La única razón de ser de todos esos “trucos” es que tú te creas que los contratos son correctos y que no les demandes, con lo que les costará ponerte en la calle muchísimo menos dinero.

Una de las verdades más desconocidas del derecho laboral español es que todos los contratos laborales son indefinidos por defecto. Un contrato temporal de cualquier tipo y duración tiene que tener una causa de temporalidad correcta y si no la tiene se convierte en indefinido automáticamente, desde el mismo día en que se firma. Para que la causa de temporalidad sea correcta tiene que reunir todas las siguientes características:

Identificada y concretada. Se tiene que identificar la causa concreta y el puesto de trabajo concreto que va a realizar. Por ejemplo, en un contrato de obra para un programador valdría si dijera como obra“actualización del programa Contaplus de la versión 2008 a la 2009″ y como puesto de trabajo “analista programador”. Si dijera la obra pero no el puesto o categoría el contrato estaría en fraude.Cierta. Además de estar identificada, la causa de temporalidad tiene que ser cierta y en caso de demanda será el empresario el que tenga que demostrar su certeza. Siguiendo con el ejemplo anterior, si no existiera esa actualización del programa Contaplus el contrato estaría en fraude.Válida. La causa de temporalidad tiene que tener la entidad suficiente de forma que la actividad que conlleva sea perfectamente distinguible de la actividad normal de la empresa. La causa debe estar fuera de la actividad “normal” de la empresa. Por ejemplo, una empresa que se dedica a pintar casas no te puede hacer un contrato temporal cuya causa sea pintar una casa determinada, ya que es la actividad principal de la empresa.Que tú estés trabajando exclusivamente en esa obra o servicio. Que no te finalicen el contrato antes o después de la finalización de la obra. 

Si no se cumple cualquiera de las condiciones, el contrato está en fraude de ley y por tanto una no renovación equivale a un despido improcedente, con indemnización como si fueras indefinido, en el que se cuenta desde el primer día del primer contrato en fraude.

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